BANDO
EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE NOBLEJAS (TOLEDO), AL ESTAR VACANTE EL PUESTO DE ASESOR/A
JURÍDICO/A DEL CENTRO DE LA MUJER, VA A PROCEDER A LA SELECCIÓN DE UN/A
ASPIRANTE PARA CUBRIRLO.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE LOS/AS
ASPIRANTES AL PUESTO SERÁ HASTA EL DÍA 11 DE JUNIO DE 2012.
LAS ENTREVISTAS SE
LLEVARÁN A CABO EL 18 DE JUNIO DE 2012 A PARTIR DE LAS 9:00 HORAS POR ORDEN
ALFABÉTICO EN LAS DEPENDENCIAS DE ESTE AYUNTAMIENTO.
LO QUE SE HACE PÚBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
NOBLEJAS, 21 DE MAYO DE 2012.
EL ALCALDE
FDO.: AGUSTÍN JIMÉNEZ CRESPO
BASES DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA
DE ASESOR/A JURÍDICO/A PARA EL CENTRO DE LA MUJER DE NOBLEJAS.
- OBJETO
DE LA CONVOCATORIA.
El Centro de a Mujer de
Noblejas tiene vacante la plaza de Asesor/a Jurídico/a y siendo necesario
cubrirla, debe procederse a la selección de una persona que realice los
trabajos inherentes a la misma. Por lo tanto, publíquese un Bando en el que se
informe del Proceso para aplicar los siguiente criterios de selección:
1º Licenciatura en Derecho.
2º Tener mínimo 2 años de experiencia en puesto similiar.
3º Estar en posesión del permiso de conducir B1 y
vehículo propio.
4º Los datos que figuran en el Currículo Vitae, deben
estar actualizados en el último año.
Una vez se hallan recibido las peticiones, procédase a
valorar los méritos y la experiencia profesional de acuerdo al siguiente
criterio:
- TITULACIÓN
BASE:
Titulación en Derecho: 2
puntos.
Titulación Universitaria: 1,5
puntos por grado de doctor/a.
- FORMACIÓN:
Se valorarán los cursos de
formación y capacitación profesional, relacionados con las funciones asignadas
al puesto de trabajo a cubrir, impartidos en centros legalmente autorizados y/o
reconocidos, públicos y privados, tal y como se relaciona a continuación, con
un máximo de 8 puntos:
- Por
formación profesional, cursos de especialización referido al puesto
convocado, hasta un máximo de 6,5 puntos:
-
Por
cursos y hornadas entre 30-50 horas 0,13 puntos;
-
Por
cursos, seminarios y jornadas de 51-100 horas, 0,25 puntos;
-
Por
cursos entre 101-249 horas 0,50 puntos.
-
Por
cursos superiores a 250 horas, 0,75 puntos.
-
Por
formación específica en materia de género y/o igualdad de oportunidades, 0,05
puntos por hora.
- Otras
acciones formativas, no valoradas en el epígrafe anterior, según
programa, duración y calidad, a criterio del tribunal: hasta un máximo de
1,5 puntos.
- EXPERIENCIA
PROFESIONAL:
Se valorará la experiencia
en puestos de trabajo y funciones similares a las asignadas al puesto de
trabajo, hasta un máximo de 10 puntos:
·
Por experiencia profesional acreditada en la
administración en igual puesto al puesto convocado, distribuido: 0,40 por mes
trabajado.
- Por
experiencia profesional acreditada en empresa o institución privada, como
asesor/a jurídico/a, distribuido 0,20 puntos por mes trabajado.
- Por
experiencia profesional acreditada en la administración en puesto
referido a la misma área profesional al puesto convocado, distribuido,
0,10 puntos por mes trabajado.
- ENTREVISTA:
El Tribunal calificador
realizará una entrevista a los/as aspirantes al puesto donde se valorará la
aptitud de los/as mismos/as en el desempeño de las funciones necesarias para
cubrir el puesto de trabajo objeto de esta selección y los conocimientos
específicos en materia de género. La puntuación máxima será de 10 puntos.
- PUNTUACIÓN
FINAL Y BOLSA DE TRABAJO.
El orden de calificación
definitiva del sistema de selección estará determinado por el resultado de
sumar la puntuación obtenida en titulación, formación, experiencia profesional
y entrevista.
El orden de todos los/as
aspirantes quedará determinado por la puntuación igual o superior a 5 puntos,
de la que se hará uso en situaciones de baja, renuncia y/o cualquier otra
circunstancia que pueda acaecer debidamente motivada y justificada. Cada
contrato que haya de realizarse se comunicara a la persona que ocupe en la
lista la posición de mayor preferencia, siguiéndose rigurosamente el orden de
la misma.
- TRIBUNAL
CALIFICADOR:
Estará compuesto tal y
como se establece en el artículo 60.2 de la Ley 7/2007 por la que se aprueba el
Estatuto Básico del Empleado Público, por tres Funcionarios/as Públicos/as,
Personal Laboral afín a la plaza, o persona/s en la/s que se delegue, y como
Secretario del mismo el Titular de la Corporación, o persona en quien delegue.
Procédase a la
convocatoria para la selección de un/a Asesor/a Jurídico/a.
En Noblejas a 17 de Mayo de 2012.
EL ALCALDE
FDO.: Agustín Jiménez Crespo
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